Pie de imprenta/AGB

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Pie de imprenta / Divulgación según §§ 24, 25 MedienG, información según § 5 ECG:

Propietario del medio: Österreich Werbung
Vordere Zollamtsstraße 13
A-1030 Viena
Tel.: (01) 58 866-0
Fax: (01) 58 866-20
Correo electrónico info@austria.info

Registro de asociaciones Zl: VIII-761, ZVR número 075857630
Directora Gerente: Astrid Steharnig-Staudinger
Responsable Autoridad supervisora: Jefatura Provincial de Policía de Viena, Oficina de Asuntos Jurídicos de Asociaciones, Asambleas y Medios de Comunicación, 1010 Viena, Schottenring 7-9
Afiliación a la Cámara: ninguna
Número de identificación fiscal: ATU 38158603

Finalidad de la asociación: Promoción de Austria como destino turístico
Dirección básica del medio: Promoción de Austria como destino turístico para mantener y ampliar la competitividad de Austria como destino turístico.
La Oficina Nacional de Turismo de Austria ofrece información sobre www.austria.info y sus subpáginas/páginas de aterrizaje sobre ofertas de terceros que sólo pueden reservarse a través de las respectivas páginas web de terceros. En ningún momento nos convertimos en socios contractuales de las ofertas turísticas aquí presentadas.

Condiciones generales de la Oficina Nacional de Turismo de Austria

A-1030 Viena, Vordere Zollamtsstraße 13

(a partir del 01.02.2021)

1. Validez

Verein Österreich Werbung, en lo sucesivo el Contratista (CO), acepta pedidos únicamente sobre la base de las siguientes condiciones. Los socios contractuales o clientes reconocen expresamente que han tomado nota de estas condiciones de forma jurídicamente vinculante, por lo que han pasado a formar parte del contrato. Cualquier referencia por parte del cliente a sus propias "Condiciones Generales" no se considerará válida a menos que se acuerde por separado y por escrito. Las presentes condiciones sólo podrán modificarse o completarse de mutuo acuerdo y por escrito, en cuyo caso las condiciones no modificadas seguirán formando parte del contrato. Las presentes Condiciones Generales serán vinculantes para todos los pedidos actuales y futuros del Cliente, aunque no se haga referencia expresa a ellas, en la versión aplicable en cada momento.

La invalidez o ineficacia de cualquier parte de estas condiciones generales no afectará a la validez y eficacia de las partes restantes. Las disposiciones inválidas o ineficaces serán sustituidas por las disposiciones eficaces que más se aproximen a su finalidad económica.

2. Realización de pedidos

Cualquier oferta contractual dirigida al Contratista sólo será vinculante para el Contratista tras la emisión de una aceptación por escrito de la oferta por parte de los órganos competentes del Contratista. Cualquier modificación del pedido efectuada tras la aceptación del mismo requerirá la confirmación por escrito del Contratista para ser válida. Cualquier estimación de costes preparada por el Contratista antes de la recepción de la oferta de contrato no es vinculante.

El Contratista se reserva el derecho de rechazar pedidos a su propia discreción. Los motivos de rechazo pueden ser, por ejemplo: (i) si el pedido es contrario a los intereses económicos y éticos del contratista derivados de los estatutos del contratista, (ii) pedidos inmorales e ilegales, (iii) pedidos de empresas que no hayan liquidado íntegramente las reclamaciones pendientes contra el contratista o cuando, por otras razones objetivas, el contratista no pueda cumplir el pedido. cuando existan otras razones objetivas para dudar de su capacidad y voluntad de pago, o cuando se incumplan las disposiciones de la Ley de Transparencia en la Cooperación y Promoción de los Medios de Comunicación (MedKF-TG) y el comitente no realice ninguna modificación a pesar de la solicitud del contratista.

3. Condiciones de pago y facturación

Todos los precios del Contratista se indican en euros sin IVA. En el caso de servicios divisibles, el Contratista está autorizado a emitir facturas parciales.

Las facturas del Contratista deberán abonarse en un plazo de 30 días a partir de la fecha de facturación, sin deducciones y libres de gastos, de forma que el Contratista pueda disponer de los importes de la factura a más tardar ese día.

En caso de demora en el pago, el Contratista tendrá derecho a exigir al Cliente intereses de demora a un tipo del 9,2% por encima del EURIBOR sobre el importe pendiente, a menos que el Cliente demuestre que no es responsable de la demora, en cuyo caso los intereses de demora serán del 4%. En cualquier caso e independientemente de la culpa, en caso de incumplimiento por parte del Cliente, el Contratista tendrá derecho a reclamar una indemnización por los gastos de recordatorio y cobro necesarios y apropiados en los que efectivamente haya incurrido, así como los honorarios de abogados de conformidad con la Ley de Honorarios de Abogados (Rechtsanwaltstarifgesetz) en su versión modificada. Si el Contratista se encarga él mismo del proceso de reclamación, tendrá derecho a cobrar un importe de 10,90 EUR por recordatorio enviado y un importe de 3,70 EUR por trimestre, pero en cualquier caso un importe global de 40 EUR, por mantener la relación de deuda registrada en el sistema de reclamación del Contratista. Queda reservado el derecho a hacer valer cualquier otro perjuicio causado por el impago.

En caso de que el Contratista deba realizar pagos anticipados a terceros, el Cliente estará obligado a realizar pagos a cuenta por el importe correspondiente tras la presentación de los documentos de facturación. Sólo tras la recepción del pago a cuenta, el Contratista estará obligado a realizar el pago anticipado al tercero.

4. Cooperación del comitente

El comitente apoyará al contratista en la prestación de los servicios, en particular en lo que respecta al cumplimiento de los plazos y fechas vinculantes. En la medida en que sea necesario para la prestación del servicio, el comitente cooperará dentro de su ámbito y facilitará la información y los datos pertinentes. El comitente designará una persona de contacto competente para el contratista, que será responsable de la comunicación entre el contratista y el comitente. Se designará una nueva persona de contacto a petición justificada del Contratista.

5. Rescisión del contrato - gastos de cancelación

Cancelación hasta 60 días naturales antes de la fecha de inicio de la prestación del servicio, la tasa de cancelación es del 25% de la tarifa acordada, hasta 30 días naturales antes de la fecha de prestación del servicio el 50% de la tarifa acordada. En caso de cancelación posterior, se deberá abonar la totalidad de los honorarios.

6. Fechas

6.1 Fuerza mayor

Se considerará que existe fuerza mayor si el Cliente o el Contratista se ven impedidos de cumplir con sus obligaciones contractuales por un acontecimiento que está fuera de su control y no podía haber sido previsto o -en la medida en que era previsible- era inevitable.

Los casos de fuerza mayor, en la medida en que cumplan los requisitos anteriores, son en particular

i. el brote de enfermedades infecciosas a escala epidémica, la guerra, los disturbios, el sabotaje o el terrorismo;

ii. Catástrofes naturales como rayos, incendios, explosiones, inundaciones y terremotos;

iii. órdenes oficiales nacionales y/o extranjeras en relación con los subpuntos i. y ii;

Las partes contratantes quedarán liberadas del cumplimiento de sus obligaciones contractuales en la medida y durante el tiempo que dure el acontecimiento de fuerza mayor. Si los servicios recíprocos deben prestarse en el marco de una operación a plazo fijo, ambas partes contratantes quedarán liberadas permanentemente de sus obligaciones recíprocas en caso de fuerza mayor. Ambas partes contratantes correrán con sus propios gastos incurridos. Los costes incurridos por el contratante con terceros en relación con el pedido en cuestión antes de que se produzca este acontecimiento correrán a cargo del comitente.

La parte contratante afectada por un acontecimiento de fuerza mayor deberá informar a la otra parte contratante de forma inmediata y verificable de la aparición de un acontecimiento de fuerza mayor. Se informará, en la medida de lo posible, de la duración prevista de dicho acontecimiento y de la medida en que se ve perjudicado el cumplimiento de las obligaciones contractuales. La parte contratante afectada por el acontecimiento de fuerza mayor deberá hacer todos los esfuerzos razonables para volver a cumplir el contrato lo antes posible, a menos que el objeto del contrato sea una operación a plazo fijo.

En caso de que un acontecimiento de fuerza mayor interrumpa el cumplimiento de las obligaciones contractuales durante más de 6 semanas, ambas partes contratantes tendrán derecho a rescindir el contrato. Si el Cliente rescinde el contrato, deberá reembolsar al Contratista los costes incurridos hasta la rescisión del contrato.

Se aclara que ninguna de las partes contratantes podrá hacer valer reclamaciones por daños y perjuicios debidos a la rescisión del contrato o al retraso en la prestación de los servicios en caso de fuerza mayor.

Las disposiciones anteriores también se aplican a otros acontecimientos extraordinarios sobre los que el contratista no tiene influencia directa. Se trata, por ejemplo, de perturbaciones operativas, huelgas, perturbaciones del tráfico, etc. Tales circunstancias incluirán en cualquier caso también tales acontecimientos en el ámbito de los subcontratistas del Contratista y otros terceros con los que el Contratista mantenga una relación comercial.

6.2 Incumplimiento del plazo de ejecución por otras causas.

Si el Contratista no puede cumplir el plazo de ejecución acordado, el Comitente le concederá un plazo de gracia razonable de al menos 2 semanas, sin que el Comitente tenga derecho a reclamación alguna derivada de este retraso, salvo que el Contratista haya causado este retraso por negligencia grave o dolo. Este plazo comenzará a contar a partir de la recepción de una carta certificada de recordatorio enviada al Contratista que cumpla el requisito anteriormente mencionado (fijación de un plazo de gracia).

7. Transferencia del pedido

El Contratista tendrá derecho a subcontratar el pedido total o parcialmente a terceros, siempre que ello no vulnere los intereses legítimos del Cliente. El Cliente deberá informar al Contratista de dichos intereses antes de realizar el pedido. En caso de cesión de partes significativas del pedido, el Contratista deberá informar al Cliente de la cesión prevista. En este sentido, se considerará que las partes del pedido son significativas si su valor supera al menos la mitad del pedido total, por lo que el valor total del pedido deberá ascender al menos a 10.000 euros para que surja la obligación de facilitar información. Esta obligación de facilitar información también se aplica a aquellas partes del pedido que el cliente designe expresamente como esenciales en el momento de realizar el pedido.

8. Cumplimiento defectuoso del contrato

El Contratista garantiza el correcto cumplimiento del contrato. El plazo de garantía será de 6 meses a partir del cumplimiento del pedido. En el caso de pedidos completos, el periodo de garantía para las partes del pedido comenzará una vez se haya realizado la prestación parcial correspondiente. En caso de cumplimiento incorrecto del pedido (incumplimiento, cumplimiento deficiente), el Contratista podrá optar entre subsanar el defecto o hacer que se subsane, conceder una reducción adecuada del precio o subsanar el defecto mediante sustitución. El comitente deberá notificar por escrito al contratista los defectos que se produzcan en la ejecución del contrato sin demora, pero a más tardar dentro de las dos semanas siguientes a la ejecución del servicio, de lo contrario el contratista perderá su derecho a reclamar, y deberá motivar detalladamente cada uno de los defectos concretos. no será de aplicación el § 924 frase 2 ABGB.

9. Indemnización por daños y perjuicios y responsabilidad por productos defectuosos

Con respecto a las bases de trabajo facilitadas al contratista por el cliente, éste garantiza que los derechos de terceros no entran en conflicto con el uso de las mismas y el cliente indemnizará y mantendrá al contratista totalmente indemne con respecto a cualquier responsabilidad por reclamaciones de terceros.

Además, el contratista no asume ninguna responsabilidad por la licitud de las medidas publicitarias, en la medida en que el contenido de las mismas haya sido redactado o creado de otro modo por el cliente. Por el contrario, el cliente deberá comprobar o hacer comprobar los requisitos legales pertinentes bajo su propia responsabilidad. En caso de que la ilegalidad de una medida publicitaria que haya sido redactada o creada de otro modo por el cliente dé lugar a reclamaciones contra el contratista, el cliente se compromete a indemnizar íntegramente al contratista y a mantenerlo indemne.

Si el contratista tiene conocimiento de una infracción de las disposiciones legales, podrá exigir en cualquier momento modificaciones y adiciones al pedido. Si el comitente se niega a realizar cambios de conformidad con las disposiciones legales, el comitente asumirá el riesgo de incumplimiento. El comitente no tendrá derecho a garantía ni a indemnización, pero deberá la remuneración acordada.

En todos los casos de indemnización por daños y perjuicios, queda excluida la responsabilidad del Contratista por indemnización por lucro cesante, por daños consecuenciales y reclamaciones de terceros, así como por negligencia leve, siempre que ello sea legalmente admisible. La responsabilidad prescribirá en el plazo de 6 meses desde que el comitente tenga conocimiento del daño y del causante del mismo. Si el contratista ejecuta el pedido con la ayuda de terceros y surgen reclamaciones por daños y perjuicios contra estos terceros en este contexto, el contratista tendrá derecho a ceder estas reclamaciones al comitente. En este caso, el comitente dará prioridad a estos terceros.

10. Propiedad y derechos de uso

El comitente recibirá únicamente el derecho no exclusivo a utilizar todos los documentos, materiales, ideas y otros servicios prestados para el fin y en la medida acordados contractualmente. El comitente no está autorizado a cederlos a terceros y, en caso de incumplimiento, el comitente estará obligado a pagar una penalización sin culpa por un importe del 50% del valor neto del pedido (IVA excluido), sin que ello afecte a otros derechos del contratista. Los cambios en los servicios prestados requerirán el consentimiento del Contratista y de cualquier otro autor autorizado.

11. Invenciones

El Contratista tendrá derecho a todos los derechos sobre invenciones y otros derechos de propiedad industrial sobre obras e invenciones de sus empleados que hayan sido creadas por ellos en el curso de la prestación de servicios.

12. Etiquetado

El Contratista tendrá derecho a hacer referencia a su autoría en todos los servicios que preste, sin que ello dé lugar a reclamación alguna por parte del Cliente.

13. Confidencialidad

Se prohíbe a ambas partes contratantes utilizar los secretos comerciales y empresariales, así como la información que hayan recibido de la otra parte contratante -aunque sea por casualidad- sobre el tipo, el alcance de las operaciones y las actividades prácticas, durante o incluso después de la firma del contrato, o transmitirlos a cualquier otra persona.

14. Derechos de propiedad

La remuneración acordada cubrirá la adquisición de derechos de propiedad industrial (diseño, marca, patente, modelo de utilidad, protección de semiconductores, derechos de autor) en la medida en que su adquisición sea necesaria para que el Cliente pueda utilizarlos de conformidad con el contrato. Con respecto a dichas bases de trabajo que hayan sido puestas a disposición del Contratista por el Cliente, este último garantiza que los derechos de terceros no entran en conflicto con el uso de las mismas e indemnizará y mantendrá totalmente indemne al Contratista con respecto a cualquier responsabilidad por reclamaciones de terceros.

El Contratista sólo recibirá el derecho no exclusivo a utilizar todos los documentos, materiales, ideas y otros servicios proporcionados por el Cliente para el cumplimiento del pedido para el fin y en la medida acordados contractualmente. El Contratista no estará autorizado a transmitirlos a terceros. Sin embargo, la divulgación está permitida en la medida de la divulgación del pedido de conformidad con la cláusula 7.

15. Cesión

La cesión de los créditos del comitente frente al contratista derivados del contrato sólo será posible con el consentimiento expreso y por escrito del contratista.

16. Compensación

La compensación con reclamaciones del Contratista o la afirmación de un derecho de retención por parte del Cliente sólo se permitirá si las reclamaciones o el derecho del Cliente son indiscutibles o han sido legalmente establecidos por un tribunal.

17. Lugar de cumplimiento y jurisdicción

Se acuerda Viena como lugar de pago y cumplimiento, salvo que se indique expresamente lo contrario en el pedido.

Para cualquier litigio derivado del presente contrato, las partes contratantes acuerdan que la jurisdicción exclusiva sea el tribunal competente del distrito judicial de Viena Innere Stadt.

18. Derecho aplicable

El contrato y cualquier litigio relativo a la válida celebración del contrato se regirán exclusivamente por la legislación austriaca, con exclusión de las normas de conflicto de leyes del IPRG y de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.

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